Agencias/Elapogeoqroo
Ciudad México, 20 de junio de 2024.- Entró en vigor la reforma que sanciona a empresas que obliguen a trabajadores a laborar más de ocho horas diarias sin pago de las horas extra, al considerarlo explotación laboral.
El pasado 7 de junio se aprobaron significativas reformas a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, así como para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Estas reformas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a inicios del mes, entraron en vigor de manera inmediata, trayendo consigo importantes beneficios para los trabajadores y nuevas obligaciones para los empleadores.
Aquellos jefes, patrones y empresas que no cumplan con la ley podrán ser acreedores a una sanción de tres y hasta 10 años de prisión, y de entre cuatro y 12 años de cárcel cuando las personas afectadas pertenezcan a comunidades indígenas o afromexicanas.
Al igual que recibirán una multa que va de 542 mil 850 a 5 millones 428 mil 500 pesos y de 759 mil 990 y 7 millones 599 mil 900 pesos, respectivamente.
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